C5.3.a. ¿Qué se entiende por «Estado rector del puerto»? C5.3.b. ¿Cuál es la finalidad de la inspección por el Estado del puerto? C5.3.c. ¿Qué es el control por el Estado del puerto? C5.3.d. ¿Tiene el Estado del puerto la obligación de inspeccionar todos los buques extranjeros? C5.3.e. ¿Quiénes son los «funcionarios habilitados» para efectuar el control por el Estado rector del puerto? C5.3.f. ¿Existe una guía o un modelo para establecer un sistema de inspección y control por el Estado del puerto, y para dar orientación a los funcionarios habilitados? C5.3.g. ¿Qué aspectos son objeto de inspección durante el control por el Estado del puerto? C5.3.h. Si el certificado de trabajo marítimo y la declaración de conformidad laboral marítima de un buque parecen estar en orden, ¿cabe proceder con la inspección? C5.3.i. ¿En qué circunstancias un Estado del puerto puede someter a inspección los buques extranjeros de países que no han ratificado el MLC, 2006? C5.3.j. ¿Qué se ha de hacer cuando se recibe una queja sobre un asunto no comprendido en la lista de 16 ámbitos de certificación? C5.3.k. ¿Quién puede presentar una queja en virtud de la norma A5.2.1? C5.3.l. ¿En qué circunstancias puede un funcionario habilitado del Estado del puerto disponer que se inmovilice un buque? C5.3.m. ¿Cuáles son los procedimientos para la tramitación de las quejas en tierra? C5.3.n. ¿A quién le corresponde establecer los procedimientos para la tramitación de las quejas en tierra? C5.3.o. ¿Quién puede presentar una queja en tierra? C5.3.p. ¿Quiénes son los funcionarios habilitados para tramitar las quejas en tierra? C5.3.q. ¿Tienen las quejas carácter confidencial? C5.3.r. El hecho de que un buque que enarbola el pabellón de un Estado Miembro lleve a bordo un certificado de trabajo marítimo expirado o un certificado de trabajo marítimo provisional, o de que no lleve a bordo ninguno de estos dos documentos, o bien lleve un certificado de trabajo marítimo provisional, ¿debería registrarse como una deficiencia en un informe de control por el Estado del puerto?