C5.2.1.b. ¿Puede un Estado del pabellón delegar sus responsabilidades?

De acuerdo con el párrafo 3 de la regla 5.1.1 del MLC, 2006, todo país puede facultar, cuando proceda, a instituciones públicas u otras organizaciones (incluidas las de otro país) a las que reconozca como competentes e independientes para llevar a cabo inspecciones o expedir certificados, o ambas cosas. En todos los casos, el país que delegue dichas funciones seguirá siendo plenamente responsable de la inspección y la certificación de las condiciones de trabajo y de vida de la gente de mar interesada a bordo de buques que enarbolen su pabellón. En el MLC, 2006, las organizaciones a las que el Estado del pabellón puede delegar responsabilidades se denominan «organizaciones reconocidas».

Responsabilidades del Estado del pabellón