C5.2.1.c. ¿Existe un modelo de sistema de inspección y certificación por el Estado del pabellón?

El párrafo 2 de la regla 5.1.1 del MLC, 2006 exige que los Estados del pabellón establezcan un sistema eficaz de inspección y certificación de las condiciones de trabajo marítimo para asegurarse de que las condiciones de trabajo y de vida de la gente de mar a bordo de los buques que enarbolen su pabellón cumplan, y sigan cumpliendo, las normas del Convenio. No se prescribe ningún modelo para la creación de tal sistema. No obstante, en virtud de la norma A5.1.1, los sistemas de inspección y certificación deben regirse por normas y objetivos claros en lo que respecta a su administración e incluir procedimientos generales adecuados para evaluar el grado de realización de dichas normas y objetivos. De acuerdo con el párrafo 5 de la regla 5.1.1, la información relativa al sistema de inspección y certificación, incluido el método utilizado para evaluar su eficacia, debe incluirse en las memorias que los Miembros de la OIT deben presentar a la Oficina Internacional del Trabajo en virtud del artículo 22 de la Constitución [véanse las secciones A38 y A42].

Responsabilidades del Estado del pabellón