C4.4.c. ¿Qué tipo de servicios e instalaciones deberían ofrecer los centros de bienestar?
El párrafo 3 de la pauta B4.4.2 del MLC, 2006 [véase la sección A12] contiene una lista no exhaustiva de instalaciones y servicios:
- salas de reunión y de esparcimiento, según las necesidades;
- instalaciones deportivas y otras instalaciones al aire libre, en particular para
competiciones; - instalaciones educativas, y
- cuando proceda, instalaciones para la práctica religiosa y los servicios de asesoramiento personal.