C5.2.3.i. ¿Se puede expedir un certificado de trabajo marítimo y una declaración de conformidad laboral marítima en formato electrónico?

No hay ninguna disposición en el MLC, 2006 que impida expedir certificados de trabajo marítimo y declaraciones de conformidad laboral marítima en formato electrónico, siempre y cuando se expongan copias impresas de dichos documentos electrónicos en un lugar visible a bordo, de conformidad con la norma A5.1.3. Sin embargo, el uso de certificados electrónicos no debería, de ningún modo, menoscabar las obligaciones de los Estados parte en el MLC, 2006 o de los armadores respecto de la certificación de buques ni dificultar la expedición o el uso de certificados de los buques ni el acceso a los mismos por las personas interesadas. Dado que en un futuro cercano es probable que se generalice el uso de sistemas de registro y de certificación electrónicos, deberían tomarse en consideración las orientaciones y las normas elaboradas por la OMI.

Responsabilidades del Estado del pabellón