C5.2.3.o. ¿Puede retirarse a un buque su certificado de trabajo marítimo?

En virtud de los párrafos 16 y 17 de la norma A5.1.3, el certificado de trabajo marítimo de un buque debe retirarse si se comprueba que en el mismo no se cumplen los requisitos previstos en el MLC, 2006 y no se han adoptado las eventuales medidas correctivas que se hayan prescrito [véase la sección C5.2.3.n].

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