A43. ¿Qué debe hacer un país para ratificar el MLC, 2006? ¿Qué documentos hay que cumplimentar presentar?

Cada país establece sus propios procedimientos internos para la transmisión oficial de la ratificación de los convenios internacionales. Algunos países optan por depositar el instrumento de ratificación en persona, mientras que otros lo remiten por correo postal o por correo electrónico. El instrumento de ratificación oficial, firmado por una persona que pueda asumir la responsabilidad del Gobierno en el plano internacional, debe enviarse a la Oficina Internacional del Trabajo, 4 route de Morillons, CH-1211 Ginebra 22, Suiza.

El instrumento de ratificación debe contener o adjuntar la información requerida en el párrafo 10 de la norma A4.5 del MLC, 2006 con respecto a las obligaciones del país ratificante en materia de seguridad social conforme a lo establecido en el Convenio [véase la sección C4.5.b]. Puede obtenerse un modelo de formulario para la declaración necesaria para la ratificación» en conformidad con el párrafo 10 de la norma A4.5 del MLC, 2006 [véase la sección C4.5.h] en el sitio web de la OIT dedicado al MLC, 2006, bajo el subtítulo «Modelo de comunicación: Declaración necesaria para la ratificación del MLC, 2006». La declaración también debe estar firmada por una persona que pueda asumir la responsabilidad del Gobierno en el plano internacional.

Preguntas generales sobre el MLC, 2006