C2.3.e. ¿Hay excepciones con respecto a las normas relativas a las horas de descanso o a las horas de trabajo?
El párrafo 13 de la norma A2.3 del MLC, 2006 permite que los Estados del pabellón adopten medidas en la legislación nacional o procedimientos que faculten a la autoridad competente para autorizar o registrar convenios colectivos que permitan excepciones a los límites relativos a las horas máximas de trabajo o mínimas de descanso, a las que se hace referencia en los párrafos 5 y 6 de la norma [véase la sección C2.3.b]. Así, pues, estas excepciones deben recogerse en un convenio colectivo registrado o autorizado. Además, deben respetar los límites establecidos en la norma A2.3 «en la medida en que sea posible».
Horas de trabajo y de descanso