C5.2.5.e. ¿La gente de mar, debe utilizar siempre el procedimiento de tramitación de quejas a bordo aplicable en su buque?
Si bien es cierto que con el procedimiento de tramitación de las quejas a bordo se pretende encontrar soluciones en el nivel más bajo posible, la gente de mar tiene derecho a quejarse directamente al capitán o, cuando lo consideren necesario, a las autoridades competentes externas (párrafo 2 de la norma A5.1.5).
Responsabilidades del Estado del pabellón