C2.6.a. ¿Quién debe indemnizar a la gente de mar en caso de pérdida del buque o de naufragio? C2.6.b. El párrafo 1 de la pauta B2.6 indica que el monto de la indemnización a raíz del naufragio o de la pérdida de un buque puede limitarse a dos meses de salario. ¿Significa esto que puede ser inferior a dos meses de salario?