A45. El sitio web de la OIT tiene una dirección de correo electrónico MLC, 2006, «MLC@ilo.org». ¿Quién responde a este correo electrónico? ¿Se puede confiar en cualquier respuesta como una opinión jurídica?
Los expertos de la OIT en normas sobre el trabajo marítimo responden a las preguntas enviadas a la dirección de correo electrónico MLC@ilo.org. Sin embargo, la OIT no puede formular comentarios sobre situaciones particulares, sino que solo puede suministrar información general. Cualquier respuesta que se proporcione a través de esta dirección de correo electrónico no podrá considerarse una opinión jurídica de la OIT. Los Gobiernos o las organizaciones de empleadores o de trabajadores que deseen solicitar opiniones jurídicas deberán escribir a la Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT. La OIT podrá proporcionar dichas opiniones previa solicitud y en el entendimiento de que la Corte Internacional de Justicia es el único órgano competente para hacer una interpretación oficial de los convenios internacionales del trabajo.
Preguntas generales sobre el MLC, 2006